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Glosario

1. INSUMO PECUARIO. Todo producto natural, sintético o biológico, o de origen biotecnológico, utilizado para promover la producción pecuaria, así como para el diagnóstico, prevención, control, erradicación y tratamiento de las enfermedades, plagas y otros agentes nocivos que afecten a las especies animales o a sus productos. Comprende también los cosméticos o productos destinados al embellecimiento de los animales y otros que utilizados en los animales y su hábitat restauren o modifiquen las funciones orgánicas, cuiden o protejan sus condiciones de vida. Se incluyen en esta definición alimentos y aditivos.

2. DROGA. Toda sustancia farmacológica o biológicamente activa de origen animal, vegetal o mineral, sea natural, sintético, semisintético o biotecnológico que se utilice para el diagnóstico, controlo tratamiento de las enfermedades de los animales.

3. PRODUCTO BIOLOGICO. Se entiende por producto biológico el obtenido a partir de un organismo vivo, de sustancias derivadas del cultivo de los mismos o de origen humano o animal. Se utiliza con fines diagnósticos, preventivos, terapéuticos o productivos en los animales y se presenta en empaques o envases listos para su distribución y uso. Se incluye, los organismos y microorganismos empleados en el control biológico de enfermedades en los animales.

4. MEDICAMENTO. Toda droga o principio activo o mezcla de estos, con o sin adición de sustancias auxiliares, presentada bajo una forma farmacéutica, en empaques o envases y rotulado listo para su distribución y uso, empleado con fines de diagnóstico, prevención, controlo tratamiento de las enfermedades de los animales.

5. MEDICAMENTO HOMEOPATICO. Es aquel preparado farmacéutico de origen natural, el cual se obtiene siguiendo el procedimiento de la farmacia homeopáticas.

6. PRODUCTO NATURAL. Es el producto empacado y etiquetado, cuyos ingredientes activos están formados por recursos naturales o asociaciones de estos, en estado bruto o en forma farmacéutica, que se utiliza con fines terapéuticos o productivos Si el recurso natural de uso medicinal se combina con sustancias activas y quimicamente definidas, no se considerarán preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales.

7. COSMETICO. Es todo producto terminado destinado a la aplicación externa en los animales con fines de embellecimiento, conservación, limpieza y aromatización de la dentadura, piel y anexos. No se consideran cosméticos los producto similares que tengan acción terapéutica.

8. PRINCIPIO ACTIVO. Compuesto o compuestos dentro de un medicamento, que ejercen la acción farmacológica.

9 ALIMENTOS PARA ANIMALES. Son mezclas de nutrientes elaborados en forma tal que respondan a requerimientos de cada especie, edad y tipo de explotación a que se destina el animal, bien sea suministrándolos como única fuente de alimento o como suplementos o complementos de otras fuentes nutricionales.

10. ALIMENTO COMPLETO Producto balanceado o mezcla de ingredientes que se administra a un animal, destinado a suplir sus necesidades nutricionales como única fuente de alimento.

11. ALIMENTO CONCENTRADO. Es aquel, rico en uno o varios principios nutritivos digestibles y se usan como suplementos de ensilados, forrajes, pastos, granos o subproductos de estos.

12. ALIMENTO MEDICADO. Alimento que en su composición incluye una sustancia anticoccidial a titulo preventivo, o un promotor de crecimiento que no sea de carácter hormonal.

13. NUCLEO. Mezcla de ingredientes con contenidos o valores altos de proteínas, o de energía y el cual puede ser adicionado con otros ingredientes para la obtención final de alimentos completos.

14. SUPLEMENTO ALIMENTICIO Alimento usado en combinación con otro para mejorar el balance nutritivo o el efecto del producto resultante, o para facilitar el cumplimiento de actividades fisiológicas básicas

15. MICROINGREDIENTES. Vitaminas, minerales y otros materiales normalmente requeridos en pequeñas cantidades y que se miden en miligramos, microgramos o partes por millón (p.p.m.) y unidades internacionales.

16. MACROELEMENTOS. Componen este grupo, elementos minerales indispensables en la alimentación animal, tales como: cloro, sodio, calcio, fósforo, magnesio, potasio y azufre.

17. MICROELEMENTOS. Componen este grupo, elementos minerales indispensables en la alimentación animal en pequeñas cantidades, tales como: hierro, zinc, yodo, manganeso, cobalto, molibdeno, selenio, cobre y cromo.

18. SAL MINERALlZADA. Mezcla formada por cloruro de sodio, calcio y fósforo, con la adición de otros macroelementos y microelementos.

19. SUPLEMENTO MINERAL. Mezcla cuyos componentes son: calcio y fósforo, así como también otros macro y microelementos indispensables en la alimentación animal, quedando excluido el cloruro de sodio.

20. SUPLEMENTO VITAMINICO. Mezcla cuyos componentes son vitaminas.

21. SUPLEMENTO MINERAL VITAMINICO. Todo suplemento mineral que contenga vitaminas

22. PREMEZCLA. Mezcla uniforme de uno o más microingredientes con excipientes, la cual se utiliza para facilitar la dispersión uniforme de los microingredientes en una cantidad grande de otro material o producto alimenticio. Se reconocen como tallas premezclas vitamínicas y minerales.

23. PROBIOTICOS. Son cepas de microorganismos benéficos vivos que conservan sus actividades fisiológicas y metabólicas; mezclados con sus metabolitos y medios en los cuales crecieron. Ejercen su acción controlando microorganismos patógenos y no patógenos, mejorando el balance microbiano intestinal y el estado nutricional y sanitario de los animales

24. ADITIVO. Sustancia o producto no alimenticio, utilizado para dar sabor, pigmentar, conservar, prevenir la compactación, la oxidación, producir emulsificación o acidificación en los alimentos. También se consideran como tales, aquellas sustancias que administradas en las raciones de los animales ejercen sobre los mismos una actividad preventiva contra agentes nocivos de ocurrencia común.

25. EXCIPIENTE. Es la sustancia que sin producir modificaciones en la acción farmacológica, biológica o nutricional del principio activo o de la formulación, se adiciona en los Insumos Pecuarios.

26. FORMA FARMACEUTICA. Es el estado físico con el cual se presenta un Insumo Pecuario con el objeto de facilitar su dosificación o su administración.

27 MATERIA PRIMA Es toda sustancia cualquiera que sea su origen, utilizada como componente principal o ingrediente activo, o como excipiente en la elaboración de los Insumos Pecuarios.

28 FECHA DE VENCIMIENTO O DE EXPIRACION. Es la que se indica como fecha máxima hasta la cual se garantiza la actividad, potencia, pureza, características físico-químicas, microbiológicas y otras que corresponden a la naturaleza e indicación de un Insumo Pecuario. Se asigna con base en los resultados de las pruebas de estabilidad realizadas para tal efecto.

29. LOTE. Se entiende por lote la cantidad de un Insumo Pecuario que se produce en un solo ciclo de fabricación. La característica esencial del lote es su homogeneidad.

30. NUMERO DE LOTE. Asignación de números, letras, o su combinación para identificar el lote del producto.

31. PRODUCTO A GRANEL. Se entiende por producto a granel todo Insumo Pecuario que se encuentre en su forma de manufactura definitiva, sin haberse subdividido ni rotulado en sus envases o empaques finales de presentación comercial. No se considera un producto terminado.

32. CONTROL DE CALIDAD. Conjunto de operaciones destinadas a garantizar en todo momento la producción uniforme de lotes de productos que satisfagan las normas de identidad, actividad, pureza e integridad dentro de los parámetros establecidos.

33. PRODUCTOR. Toda persona natural o jurídica que contando con planta de producción, se dedique a la elaboración de Insumos Pecuarios cumpliendo todos los procesos químicos, físicos o biológicos a que haya lugar.

34. PRODUCTOR POR CONTRATO. Toda persona natural o jurídica que sin contar con planta de producción, se dedique a la comercialización de Insumos Pecuarios registrados a su nombre, suscribiendo contrato para la elaboración y control de calidad de los mismos con un laboratorio registrado en el ICA como productor.

35. SEMIELABORADOR Persona natural o jurídica que lleva a cabo parte del proceso de fabricación de medicamentos, de productos naturales o de alimentos para animales.

36. ENVASADOR O EMPACADOR. Persona natural o jurídica que lleve a cabo el envase o empaque de medicamentos, de productos naturales o de alimentos para animales a granel

37. IMPORTADOR. Toda persona natural o jurídica que ingrese al Insumos Pecuarios o materias primas para la elaboración de los mismos, cumpliendo los requisitos establecidos en la presente Resolución y en la legislación vigente.

38. REGISTRO. Autorización que mediante documento otorga el ICA para producir, importar, comercializar y realizar control de calidad a los Insumos Pecuarios o materias primas para uso veterinario.

39. TITULAR DE REGISTRO COMO PRODUCTOR. Toda persona natural o jurídica a la cual se haya concedido el Registro como Productor de Insumos Pecuarios.

40. TITULAR DE REGISTRO COMO IMPORTADOR. Toda persona natural o jurídica a la cual se haya concedido el Registro como Importador Insumos Pecuarios.

41. TITULAR DE REGISTRO DE PRODUCTO. Toda persona natural o jurídica a cuyo nombre se ha expedido el Registro de un producto considerado como Insumo Pecuario. La titularidad puede corresponder al productor registrado en el ICA o a la persona natural o jurídica que suscriba contrato con un productor registrado en el ICA para la elaboración de su(s) producto(s).

42. BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA. Normas, procesos y procedimientos de carácter técnico que aseguran la calidad de los medicamentos, biológicos, cosméticos y demás preparaciones farmacéuticas. Al respecto se adoptan las Buenas Prácticas de Manufactura expedidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

43. NORMAS TECNICAS DE FABRICACION. Normas, procesos y procedimiento de carácter técnico que aseguren la calidad de los alimentos para animales. Se adoptan las expedidas por el Instituto Colombiano Agropecuario ICA.

44. BUENAS PRACTICAS DE LABORATORIO. Normas, procesos y procedimientos de carácter técnico que aseguran la calidad de los análisis de Laboratorio.

45. ACREDITACION. Procedimiento mediante el cual se reconoce la competencia y la idoneidad de personas naturales o jurídicas oficiales o particulares para la ejecución de acciones relacionadas con la supervisión y el control de Insumos Pecuarios.

46. ACREDITADO. Persona natural o jurídica oficial o particular que ha recibido acreditación del ICA para ejercer funciones en el control y supervisión de los insumos pecuarios.

47. DIRECTIVA. Norma técnica institucional firmada por el Director de la División de Insumos Pecuarios del ICA, de estricto cumplimiento por parte de las personas naturales o jurídicas oficiales o
particulares para la ejecución de acciones relacionadas con el registro, la supervisión y el control técnico de los Insumos Pecuarios.

 

Glosario 2

Acondicionamiento. Comprende las operaciones de envase, etiquetado, empaque, etc., destinadas a dar el acabado al "producto terminado".

Almacenamiento. Acción de ubicar y mantener en áreas determinadas, depósito o almacén, materias primas, materiales, productos, etc., en disponibilidad para su destino posterior. i
Aprobado. Condición de una materia prima, de un producto y de todo material en general, que garantiza que está disponible para su utilización.

Aprobado con restricciones. Condición de una materia prima, de un producto y de todo material en general, por la cual está disponible para un uso específico limitado.

Aseguramiento de la calidad. Es el sistema por el cual se garantiza que los productos de la empresa, tienen la identidad, concentración, calidad, pureza y eficacia que ofrecen tener. También se llama garantía de calidad.

Auditoría técnica. Acciones de inspección, revisión y comprobación de los aspectos legales y técnicos de la producción, incluido el cumplimiento de las presentes normas de fabricación.

Normas de fabricación. Son las normas, procesos y procedimientos de carácter técnico que aseguran la calidad de los productos de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico.

Calidad. Conjunto de propiedades de un producto de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico que determinan la i identidad, concentración, pureza y seguridad de uso que ofrece tener.

Cantidad obtenida. Cantidad realmente obtenida en una fabricación.

Cantidad teórica. La cantidad máxima real a ser producida, calculada con base en los insumos utilizados. Componente activo. Materia prima a la cual se le atribuye la acción declarada del producto.

Contaminación. Acción y efecto que lleva a la presencia de sustancias extrañas o indeseables, en especial, partículas o microorganismo s, en una materia prima, material o producto, como consecuencia de un acto imprevisto, erróneo o intencional.

Control de calidad. Conjunto de acciones (análisis, inspecciones, etc.) destinadas a determinar la calidad de un producto de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico. Por extensión, designa al área encargada de su ejecución.

Control en proceso. Verificaciones que se realizan durante la fabricación para asegurar que un producto y el proceso que se realiza, están de acuerdo a especificaciones predeterminadas.

Criterio de aceptación o rechazo. Juicio tomado con base en especificaciones preestablecidas, con plan de muestreo incluido, para la disposición o no de una materia prima, de un producto o de un material en general analizado.

Desarrollo e investigación. Conjunto de acciones que llevan a establecer y mantener actualizados, investigando en pequeña escala, todos los elementos y parámetros necesarios para la fabricación de un producto (fórmula y forma física, presentación, metodología de fabricación y de controles en proceso y analíticos: físicos, químicos, microbiológicos, toxicológicos, organolépticos, ensayos de efectividad y estabilidad, etc.) desde su concepción hasta su traslado a escala industrial.

Director técnico. Es la persona responsable de velar por la aplicación y cumplimiento de las normas técnico-sanitarias del establecimiento en particular, junto con el representante legal.

Documentación. Conjunto de requisitos escritos relacionados con los procedimientos y especificaciones concernientes a la producción de cada lote y totalidad de lotes de un producto de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico incluida la información de su comportamiento en el mercado. También se incluyen aquellos registros que contienen instrucciones para i l1acer operaciones que no necesariamente están relacionadas con la producción de los productos de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico, tales como: manejo, mantenimiento y limpieza de equipos, comprobación, limpieza de instalaciones y control ambiental, muestreo e inspección.

Empaque. Conjunto de acciones destinadas a embalar o disponer "productos terminados" para su almacenamiento y/o distribución.

Envase. Conjunto de acciones destinadas a fraccionar un "granel" introduciéndolo en el recipiente o contenedor correspondiente.

Especificación. Documento que describe a las materias primas, materiales y productos en términos de sus características físicas, químicas, biológicas, de presentación, etc., con sus respectivos límites de aceptabilidad.

Fórmula maestra. Documento (o conjunto de documentos) que especifica las materias primas, con sus cantidades y materiales de envase y empaque que incluye una descripción de los procedimientos y precauciones que deben tomarse para reducir una cantidad específica de un producto, como también las instrucciones para el proceso y el control durante el mismo.

Garantía de calidad. Sistema integral, que incluye a las presentes normas de fabricación y permite asegurar la calidad de os productos de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico que se producen. También se llama "aseguramiento de calidad".

Insumos. Son todos los materiales utilizados en la producción e incluye tanto las materias primas, como el material de envase, empaque y acondicionamiento.

Lote. Una cantidad definida de materia prima, material de envase y/o empaque, o producto elaborado en un solo proceso con una serie de procesos, de tal manera que puede esperarse que sea
homogéneo. En el caso de un proceso continuo de producción, el lote debe corresponder a una fracción definida de la producción, que se caracterice por la homogeneidad que se busca en el producto. A veces es preciso dividir un lote en una serie de sub-lotes, que más tarde se juntan de nuevo para armar un lote formal homogéneo.

Materia prima. Todo componente de calidad definida empleado en la fabricación de un producto de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico, excluyendo los materiales de envase.

Material. Todo componente que, sumado al "granel", integre el "producto terminado" por ejemplo envase, estuche, etc.

Método analítico. Procedimiento para determinar los parámetros que definen la calidad de una materia prima, de un producto o de un material que intervengan directa o indirectamente en la producción de un producto de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico.

Muestra. Cantidad de unidades o parte de un todo, extraída con criterio racional, para asegurar que la misma representa al material a analizar.

Número de lote o partida. Combinación distintiva de números, letras y/o símbolos por la cual se identifica un lote o partida, le manera tal que la historia completa de su fabricación pueda ser seguida.

Orden de producción y/o envase y/o acondicionamiento y/o empaque: reproducción fiel de la respectiva orden maestra con a cual se determina y guía la fabricación de un lote.

Orden maestra de producción y/o envase y/o acondicionamiento y/o empaque: documento básico confeccionado a partir le la fórmula maestra conteniendo la fórmula y el procedimiento de fabricación del lote de un producto.

Pendiente de análisis (cuarentena): Estado de retención temporal de una materia prima, de un producto o de todo material en general, hasta su aprobación para el destino productivo siguiente, o su rechazo.

Producción. Conjunto de acciones necesarias para la obtención de un producto de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico.

Productos absorbentes de higiene personal. Son aquellos para la protección e higiene personal en flujos íntimos y urinarios.

Producto de aseo y limpieza. Es aquella formulación cuya función principal es aromatizar el ambiente, remover la suciedad '1 propender por el cuidado de los utensilios, objetos, ropas o áreas, que posteriormente estarán en contacto con el ser humano.

Producto de higiene. Nota: para estas definiciones se debe conocer las definiciones que queden en el decreto definitivo. Es aquella formulación que posee acción desinfectante demostrable y puede o no reunir las condiciones de los productos de Aseo y limpieza.

Producto en granel o a granel. Forma física del producto destinada a ser envasada y acondicionada fraccionadamente para constituir el "producto terminado".

Producto en proceso o semielaborado. Producto detenido en una etapa definida de su producción.

Producto intermedio. Producto secundario con caracteres definidos y calidad uniforme, destinado a ser utilizado como una materia prima más en la producción de uno o más productos.

Producto terminado (acabado). Producto que ha sido sometido a todas las etapas de producción, incluyendo el envase, rotulado y empaque.

Protocolo analítico. Certificación emitida por control de calidad por la cual se informa el cumplimiento o no de las respectivas especificaciones de una materia activa, de un producto o de un material en general, como consecuencia de su análisis.

Prueba de actividad. Acción o conjunto de acciones destinadas a comprobar la actividad de un producto.

Rechazado. Condición de una materia prima, de un producto o de un material en general, por la cual queda impedido su uso.

Registro de producción. Orden de producción diligenciada y documentos adicionales archivables generados durante el I proceso de producción correspondientes a un lote. i Rendimiento práctico o real. Expresión porcentual de la cantidad realmente obtenida de un proceso, con relación a la ' cantidad o rendimiento teórico establecido.

Rendimiento teórico. La cantidad teórica expresada como 100%.

Reproceso. Reelaboración de todo o parte de un lote de producto de calidad inaceptable en una etapa definida de la producción, de tal forma que su calidad se eleve, hasta ser aceptable, por medio de una o más operaciones adicionales.

Tercero. Término de uso común que designa a un fabricante o analista con el cual se contrata la producción o control analítico, total o parcial, de un producto propio.

Validación. Acción y efecto de validar.

Validar. Acción conducente a establecer y demostrar que un proceso, un procedimiento, un instrumento, un aparato o equipo, etc., lleva necesaria y efectivamente al objetivo requerido.



 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
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